ARTÍCULO IV.- CONTROL DE LAS MUESTRAS

 

El Director adoptará un sistema de control de las muestras recibidas que estime conveniente para el buen desarrollo del Concurso, y en particular comprobará:

 

  1. La correcta recepción de las muestras y de su documentación. Podrá rechazar las muestras que no respeten el presente Reglamento.

  2.  
  3. El registro de todas las muestras recibidas y aceptadas. A cada muestra se le asignará un número de entrada.

  4.  
  5. El empleo correcto de las menciones geográficas, de acuerdo con los principios de la OIV, estando facultado para eliminar las muestras cuyo etiquetado no respete tales principios. En cualquier caso, la responsabilidad de los abusos en el etiquetado incumbe al elaborador o embotellador, según la legislación del país de origen.

  6.  
  7. La ordenación de las muestras de vinos por categorías, Anexo I, que se realizará a partir de las características declaradas en las fichas de inscripción o constatadas por examen organoléptico, en su caso.

  8.  
  9. La conservación de las muestras en condiciones ambientales adecuadas.

 

Organiza:

Página principal de la FEAE

 

Patrocinan:

Vinos de España

 

OIV

 

Colaboran:

RIEDEL The Wine Glass Company

 

Global Wine & Spirits

 

CRDOCa. Rioja

 

Reconocido por:

Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Medio Marino