- Antes de la constitución de los Jurados, el Director controlará la organización de las sesiones de cata, verificando el orden en que serán presentados los vinos y el número de muestras sometidas a examen por cada Jurado, según lo indicado en los Artículos VIII y IX.
- Adoptará los medios de control adecuados que garanticen que las condiciones ambientales de la sala de cata sean correctas y que el descorche de las botellas se realice en una sala aneja. A la sala o salas de cata sólo tendrán acceso las personas directamente relacionadas con el Concurso y habilitadas al efecto.
- Controlará el buen funcionamiento de la Secretaría y en particular la identificación de las muestras, para evitar toda posibilidad de error, así como el desarrollo correcto de la distribución de fichas, su recogida y posterior tratamiento, garantizando el secreto de los resultados hasta el momento de su proclamación, así como el anonimato de los participantes no premiados.
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