ARTÍCULO IX.- ORDENACIÓN DE LAS MUESTRAS EN LAS SESIONES DE CATA |
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Las muestras serán clasificadas por categorías, según lo previsto en el Anexo I, presentándose en el orden que se considere más adecuado en función de sus características. Si en una misma sesión de cata se presentaran al jurado vinos de distintas categorías, la cata se realizará según el orden siguiente: Vinos espumosos, vinos de aguja, vinos tranquilos rosados, vinos tranquilos tintos y vinos de licor. En cada uno de estos grupos los vinos secos serán catados en función de su acidez, los jóvenes antes que los de envejecimiento y siempre en orden creciente respecto a su graduación alcohólica y contenido de azúcar residual. En vinos con indicación de añada, se catarán en orden decreciente respecto del año de la cosecha. En vinos de una misma cosecha, por orden creciente del tiempo de permanencia en contacto con madera. |
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